Licencias de actividad, de obra y de apertura
LICENCIAS DE ACTIVIDAD, DE OBRA Y DE APERTURA PARA:
- Cafeterías, bares, restaurantes, asadores, kebab, servicio de comida rápida.
- Pub y discotecas.
- Salas de fiesta.
- Casinos, bingos y sala de juegos.
- Hoteles, pensiones y alojamientos turísticos.
- Carnicerías, charcuterías, pescaderías, fruterías, congelados.
- Academias de baile, gimnasios.
- Tiendas de alimentación, autoservicios, supermercados.
- Obradores, confiterías, pastelerías, heladerías, punto de pan caliente.
- Talleres mecánicos, de electricidad y carrocería y pintura.
- Pequeños comercios, ópticas, oficinas, tienda de móviles, ropa y complementos, etc..
- Legalización de actividades existentes (todas aquellas actividades que se encuentran en funcionamiento sin licencia de actividad o con declaración responsable).
Procedimiento para la obtención de la licencia de actividad, de obra y de apertura:
1. Asesoramiento inicial al cliente sobre el local elegido para su actividad.
2. Redacción de la documentación técnica necesaria ( proyecto, certificados, etc..).
3. Presentación de la documentación y pago de tasas en el Ayuntamiento.
4. Ejecución de las obras/instalaciones en caso de ser necesarias.
5. Emisión de la dirección técnica, junto con los certificados de las instalaciones.
6. Obtención de la licencia de apertura.