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Licencias de actividad, de obra y de apertura

LICENCIAS DE ACTIVIDAD, DE OBRA Y DE APERTURA PARA:

- Cafeterías, bares, restaurantes, asadores, kebab, servicio de comida rápida.

- Pub y discotecas.

- Salas de fiesta.

- Casinos, bingos y sala de juegos.

- Hoteles, pensiones y alojamientos turísticos.

- Carnicerías, charcuterías, pescaderías, fruterías, congelados.

- Academias de baile, gimnasios.

- Tiendas de alimentación, autoservicios, supermercados.

- Obradores, confiterías, pastelerías, heladerías, punto de pan caliente.

- Talleres mecánicos, de electricidad y carrocería y pintura.

- Pequeños comercios, ópticas, oficinas, tienda de móviles, ropa y complementos, etc..

- Legalización de actividades existentes (todas aquellas actividades que se encuentran en funcionamiento sin licencia de actividad o con declaración responsable).

 

Procedimiento para la obtención de la licencia de actividad, de obra y de apertura:

1. Asesoramiento inicial al cliente sobre el local elegido para su actividad.

2. Redacción de la documentación técnica necesaria ( proyecto, certificados, etc..).

3. Presentación de la documentación y pago de tasas en el Ayuntamiento.

4. Ejecución de las obras/instalaciones en caso de ser necesarias.

5. Emisión de la dirección técnica, junto con los certificados de las instalaciones.

6. Obtención de la licencia de apertura.

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